Resumen ejecutivo Ngudjolo

La Sala Segunda de primera instancia de la Corte Penal Internacional absolvió el 18 de diciembre de 2012 a Mathieu Ngudjolo Chui.

Generalidades

  1. Los crímenes por los cuales acusan a Ngudjolo ocurrieron el 24 de febrero de 2003 durante el ataque a la aldea de Bogoro, situada en Ituri en la República Democrática del Congo (RDC).
  2. Ngudjolo fue acusado de cometer asesinato como crimen de guerra, asesinato como crimen de lesa humanidad, atacar a la población civil como crimen de guerra, destruir bienes como crimen de guerra, saqueo como crimen de guerra y reclutar a niños menores de 15 años, entre otros crímenes de guerra y lesa humanidad.
  3. Además, Ngudjolo fue acusado de cometer dichos delitos en calidad de coautoría mediata con Germain Katanga.

Carga de la prueba

  1. En términos del artículo 66 del Estatuto de Roma, el acusado se presume inocente hasta que el Fiscal prueba su culpabilidad. Para que el acusado sea declarado culpable es necesario que cada uno de los elementos de la infracción reprochada sea probado más allá de toda duda razonable.
  2. Para la Sala el hecho de que una persona no sea declarada culpable no quiere decir necesariamente que la Sala esté afirmando su inocencia. Una decisión de ese estilo demuestra simplemente que las pruebas presentadas no permiten crear una convicción más allá de toda duda razonable. (Parr. 36)
  3. Para determinar si un alegato del Fiscal fue probado, la Sala no está limitada a analizar las pruebas que han sido expresamente señaladas en los alegatos de las partes. La Corte debe fundar su decisión con base en todos los elementos probatorios y no solo aquellos elementos que fueron incluidos en los alegatos de las partes. En otras palabras, la Corte tiene la obligación de tomar la decisión de acuerdo con todo el acervo probatorio. Además, al momento de valorar cada prueba la Corte, debe corroborar lo que un testigo dice con lo que indiquen el resto de las pruebas.

Evaluación del caso concreto

  1. La Sala encontró que no había suficiente evidencia para concluir más allá de toda duda razonable que Ngudjolo era el comandante de la milicia Lendu radicada en el agrupamiento de Bedu-Ezekere.
  2. Para evaluar la responsabilidad penal del acusado y explicar porque decidió absolver al señor Ngudjolo, la Sala examinará en primera lugar, la forma como el Fiscal ha llegado a la conclusión sobre la responsabilidad indirecta de Ngudjolo.
  3. La Fiscalía tres testimonios claves que permiten determinar la responsabilidad penal de Ngudjolo. Son tres testimonios de miembros de la milicia de Bedu-Ezekere para la época de los hechos. Los tres, según la Fiscalía, participaron en el ataque a Bogoro. La Sala consideró que estos testimonios no creíbles y precisos pues todos incurrieron en contradicciones en sus propias declaraciones y en contraste con los hechos generales que conforman el acervo probatorio.
  4. Sin embargo, la Fiscalía usó estos testimonios para demostrar que Ngudjolo era el comandante de un grupo de combatientes de Lendu, también conocido como Front de Nationalistes et Intégrationannistes (FNI), de la región de Ituri.
  5. Así las cosas, la Corte se enfocó no más en la presunta autoridad que Ngudjolo podría tener en el FNI, mas no en los hechos mismos, que por cierto, ni el mismo Ngudjolo negaba.
  6. La Fiscalía alegó que Ngudjolo estaba en Bogoro como comandante de FNI el día de los hechos. Esto fue confirmado por un video introducido al proceso por la Fiscalía.
  7. Ngudjolo, por otro lado, dijo que él trabajaba como enfermero y que para el día de los hechos él estaba en Zumbe ayudándole a una mujer dar a luz. Él dijo también que solo se enteró del FNI hasta el 18 de marzo de 2003 cuando se reunión con Floribert Njabu, presidente del FNI. El 22 de marzo de 2003 nombraron a Ngudjolo comandante a cargo del FNI, sin embargo, el grupo rápidamente se integró al ejército nacional.
  8. Igualmente testificó que por el poco tiempo que estuvo a cargo del FNI, jamás llevó a cabo una operación militar.
  9. Lo alegado por Ngudjolo fue confirmado por tres testigos de la defensa.
  10. La Sala consideró que por el solo hecho de que en marzo de 2003 Ngudjolo se hubiera convertido en el comandante del grupo no quería decir que él hubiera sido el comandante el 24 de febrero de 2003, día del ataque a Bogoro.
  11. La Sala consideró que la Fiscalía no probó más allá de toda duda razonable que Ngudjolo liderara el FNI para el 24 de febrero de 2003. Por las anteriores razones la Sala decidió absolver a Mathieu Ngudjolo Chui de todos los cargos.